¿Es obligatorio estar colegiada/o en la misma provincia del lugar de trabajo?

La colegiación es obligatoria para poder ejercer como profesional. Si bien es cierto las personas Trabajadoras Sociales podrán colegiarse en cualquier provincia, con independencia del lugar en el que residan o desarrollen su actividad. Por tanto, cualquier profesional del Trabajo Social incorporado/a a un Colegio Profesional en España podrá prestar sus servicios en todo el territorio, en los Estados miembros de la Unión Europea y en los demás países, con arreglo a la normativa vigente al respecto.

¿Cómo puedo colegiarme en el CPTS Málaga?

Las personas que deseen colegiarse, deberán registrarse en nuestra Ventanilla Única donde podrán cumplimentar el trámite de «Alta Colegial» (dentro del menú de «Trámites ciudadana/o»).

IMPORTANTE: Si has estado colegiada/o en el CPTS Málaga con anterioridad y quieres volver a darte de alta, debes contactar con el Área de Secretaría para solicitar tus claves de acceso a la Ventanilla Única. De esta forma, podrás tramitar tu Recolegiación.

Dentro del trámite, tendrán que presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del Título de Diplomado/a o Graduado/a en Trabajo Social.
    • En caso de alumnado egresado recientemente deberán aportar CERTIFICACIÓN SUPLETORIA PROVISIONAL que expide la Universidad.
    • En caso de títulos expedidos en estados miembros de la UE deberán aportar copia compulsada del CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTO del título (Según lo dispuesto en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, que ha incorporado al derecho español la Directiva 2013/55/UE, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Directiva 2005/36).
    • En caso de títulos expedidos en estados NO miembros de la UE deberán aportar copia compulsada del CERTIFICADO DE EQUIVALENCIA del título a la rama del conocimiento de las Ciencias Sociales y jurídicas (Según lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre).
      NOTA IMPORTANTE:
       Los documentos mencionados anteriormente (Certificación Supletoria, Certificado de Reconocimiento y Certificado de Equivalencia) deberán ser enviados a través del trámite de alta colegial y posteriormente por correo ordinario a la sede del colegio. El documento que se remita ha de ser la compulsa original y no una copia. (Si el idioma de la certificación académica no está en español deberá́ aportar copia compulsada de la correspondiente traducción oficial).
  • Fotocopia del D.N.I., N.I.E. o pasaporte.
  • Fotografía tamaño carnet a color, actualizada y con fondo blanco en formato jpg o png.
  • Las personas en situación de desempleo o con contratos laborales iguales o inferiores a 20 horas semanales, tienen un descuento del 50% en el alta colegial. Para ello deberás presentar la Tarjeta de Demanda de Empleo correspondiente o copia del contrato, en su caso.

Una vez comprobada la documentación, el Colegio cargará la cuota de alta en la cuenta bancaria facilitada.

¿Puedo colegiarme a través de la página web del Colegio?

Actualmente, la colegiación deberá cursarse a través de nuestra Ventanilla Única donde se podrá cumplimentar el trámite de «Alta Colegial» (dentro del menú de «Trámites ciudadana/o»). Para ello, la persona interesada deberá registrarse primero como ciudadana/o.

IMPORTANTE: Si has estado colegiada/o en el CPTS Málaga con anterioridad y quieres volver a darte de alta, debes contactar con el Área de Secretaría para solicitar tus claves de acceso a la Ventanilla Única. De esta forma, podrás tramitar tu Recolegiación.

¿En que circunstancias puedo causar baja?

Las personas que deseen formalizar su baja colegial podrán hacerlo en las siguientes circunstancias:

  • Situación de desempleo.
  • Jubilación o incapacidad, documento emitido por la Seguridad Social, que acredite dicha situación.
  • Por encontrarse ejerciendo una profesión distinta a la del Trabajo Social, debiendo adjuntar Contrato de Trabajo, Certificado de Empresa, etc.
¿Si soy profesional del Trabajo Social y no ejerzo o estoy en desempleo?

Si te encuentras ejerciendo otra profesión, o en desempleo puedes darte de baja, pero ten en cuenta que la colegiación es un mecanismo de protección de tus intereses como profesional del Trabajo Social y ofrecemos información renovada, documentación, empleos disponibles, legislación actualizada, formación, descuentos por desempleo, otros descuentos por disponer de convenios de colaboración, etc.

Si estoy en periodo de excedencia, ¿puedo solicitar la baja?

Puedes solicitar una suspensión temporal de la colegiación aportando al correo secretaria@trabajosocialmalaga.org el documento de concesión de la excedencia emitido por la empresa o entidad.

¿Cómo puedo solicitar un traslado a otro Colegio?

Si ejerces el Trabajo Social en Málaga o resides en otra provincia, puedes solicitar un traslado de expediente si así lo quisieras, no es obligatorio, pero sí recomendable. A continuación, describimos el procedimiento a seguir:

1. Solicitar a tu colegio de origen la baja colegial con traslado de expediente indicando el colegio de destino. Si estás colegiada/o en Málaga y quieres trasladar tu expediente a otro colegio, debes realizar el trámite «traslado de expediente» a través de nuestra Ventanilla Única.

2. A la recepción de comunicación de que se ha hecho el trámite, debes ponerte en contacto con el colegio de destino para actualizar los datos y aportar la documentación preceptiva para el procedimiento de colegiación.

¿Cómo solicitar la baja por jubilación?

A través de la Ventanilla Única, accediendo al trámite «baja colegial».

Además, existe la figura de persona colegiada jubilada, con todos los servicios y una sola cuota al año de 25.40 €. Para gestionar este trámite, debes contactar con el Área de Secretaria en el correo secretaria@trabajosocialmalaga.org.

¿Cómo solicitar la baja por incapacidad?

A través de la Ventanilla Única, accediendo al trámite «baja colegial», siempre que la incapacidad sea permanente. Se aportará la documentación acreditativa.

¿Cómo puedo solicitar la recolegiación?

A través de Ventanilla Única, contactando primero con el Área de Secretaría (secretaria@trabajosocialmalaga.org) para el restablecimiento de las claves de acceso de tu perfil en la aplicación.

¿Cómo cambiar datos personales o el número de cuenta bancaria?

A través de Ventanilla Única, accediendo a tu ficha colegial. De este modo, podrás modificar cualquier dato que necesites actualizar o introducir.

¿El carnet colegial caduca?

Sí, a los 4 años desde la fecha de expedición, siendo el formato digital.

¿Cómo puedo renovar o solicitar un duplicado del carnet colegial?

Accediendo al trámite «Renovación del carnet colegial» en Ventanilla Única.

¿Cómo me doy de alta en el área privada de la web?

No es necesario darte de alta en la web. El Colegio se encarga de hacerlo una vez te has colegiado o recolegiado. En el email de bienvenida, se te facilitarán las claves para poder entrar a las secciones de acceso exclusivo de nuestra web.

No recuerdo mi contraseña del área privada de la web

Si no recuerdas tu contraseña, pincha aquí para poder restablecerla. Debes indicar tu nombre de usuario/a o email.

¿Cómo puedo saber mi número de colegiada/o?

Accediendo a tu ficha colegial dentro de Ventanilla Única.

¿Cómo puedo solicitar un certificado de alta colegial?

Accediendo al trámite «Certificación alta colegial» en Ventanilla Única.

¿Puedo solicitar una cuenta de correo profesional?

Si deseas disponer de una cuenta de correo corporativo debes acceder al trámite «Cuenta de correo profesional (email)» en Ventanilla Única, y cumplimentar una solicitud que será remitida por la Secretaría del Colegio al Consejo General del Trabajo Social, que enviará los datos de configuración por email a la persona interesada.

Necesito un certificado de pago de cuotas (para declaración de la renta)

Para realizar la declaración no es necesario el certificado de pago de cuotas. No obstante, si deseas solicitarlo debes entrar en Ventanilla Única y acceder al trámite «Certificado de pago de cuotas colegiales».

Necesito una cita con la asesoría jurídica del Colegio, ¿qué debo hacer?

El Colegio Profesional de Trabajo Social, pone a disposición de las personas colegiadas un servicio de Asesoría Jurídica, a través del gabinete Téllez – Valdivia, para facilitar la orientación y asesoramiento en asuntos laborales y/o personales relacionados con las siguientes materias: civil, administrativo, laboral, fiscal, mercantil y penal.

Este servicio se ofrece de manera gratuita a las personas colegiadas y se extiende a los parientes hasta primer grado de consanguinidad o afinidad.

Si como consecuencia de la consulta la persona colegiada encarga a este gabinete la dirección de un asunto contencioso, los honorarios serán devengados con carácter de mínimos y con una reducción del 25% y deberán ser pagados por la/el colegiada/o directamente.

Para utilizar este servicio debes obtener un Certificado Acreditativo con el que dirigirte a la Asesoría. Accede al trámite en Ventanilla Única (dentro del apartado TRÁMITES COLEGIADA/O – Acreditación para asesoría jurídica).

Necesito una cita con la asesoría laboral y fiscal del Colegio, ¿qué debo hacer?

El Colegio Profesional de Trabajo Social de Málaga, a través del Gabinete Gea &Vázquez pone a disposición de las personas colegiadas, un servicio de Asesoramiento Laboral y Fiscal, para resolver las consultas que estén relacionadas con vuestra actividad laboral, haciendo especial hincapié en asuntos referidos a los derechos y deberes de los trabajadores, sus condiciones profesionales, perfiles y el secreto profesional.

Este servicio tiene un carácter orientativo y se ofrece de manera gratuita a las personas colegiadas. Por tanto, la respuesta que proporcione la asesoría no supone un dictamen o posicionamiento oficial por parte del Colegio ya que se trata de un servicio externo ajeno a la estructura colegial.

Para utilizar este servicio debes obtener un Certificado Acreditativo con el que dirigirte a la Asesoría. Accede al trámite en Ventanilla Única (dentro del apartado TRÁMITES COLEGIADA/O – Acreditación para asesoría laboral y fiscal).
¿Es necesario contratar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional?

Es una garantía no solo para el/la profesional sino para el/la cliente y la ciudadanía.

Al margen de las obligaciones estatutarias, la filosofía desde el punto de vista legal va en la línea de establecer seguros obligatorios.

Así se prevé en la futura Ley de Servicios y Colegios Profesionales.

En cualquier caso, la posible obligatoriedad legal o estatutaria es un aspecto, diríase secundario o accesorio, el seguro se contrata, fundamentalmente, para garantizar una cobertura en la actividad profesional de modo que quede garantizada, para el/la profesional y sus herederos/as, esa cobertura de cara a una posible indemnización. Es decir, se trata de garantizar la seguridad patrimonial en un contexto en el que las personas consumidoras cada vez son más conscientes de sus derechos y la cultura de la reclamación se está imponiendo.

Por otro lado, el seguro ofrece una garantía frente a terceros, cuyos derechos serían cubiertos en caso de indemnización, aspecto relevante en cuanto que el/la profesional que cuenta con un seguro aporta un plus de profesionalidad y de servicio a sus clientes/as.

Si lo necesitas, puedes solicitarlo a través de Ventanilla Única.

¿Los cursos que oferta el Colegio son válidos para puntuar en oposiciones y bolsas de trabajo?

En cuanto a cursos homologados o válidos en las oposiciones no existe un listado o una clasificación, ni un criterio único.

Las Bases de la Convocatoria de una oposición o bolsa de empleo son la norma que rige el proceso selectivo, resultando obligatorias para todos los intervinientes en el proceso. No obstante, el acceso a la función pública está regida por unos principios básicos que todas las convocatorias han de respetar, como son los principios de mérito, capacidad y publicidad y el derecho a la igualdad (de conformidad a los establecido en el artículo 23.2 y 103.3 de la Constitución).

En todas las Bases, se establecen los requisitos de los aspirantes tanto en formación como en experiencia. La validez de los cursos de los Colegios Profesionales o cualquier otra formación continua en Trabajo Social dependerá de las Bases de las convocatorias y de cómo la Administración convocante lo valore para cada una de ellas.

RESPONDE: CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL

14/08/2020

¿Cómo puedo pertenecer a una comisión o grupo de trabajo del Colegio?